REGLAMENTACION DEL IRAE. REFORMA TRIBUTARIA LEY Nº 18.083




Promulgación: 26/04/2007
Publicación: 04/05/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 709
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 3.

IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS ACTIVIDADES ECONOMICAS
CAPITULO II - RENTAS COMPRENDIDAS

Artículo 4

 Rentas agropecuarias.- Constituyen rentas comprendidas:

a)     Las derivadas de la explotación agropecuaria.

b)     Las resultantes de la enajenación de bienes del activo fijo 
       afectados a la explotación agropecuaria.

c)     Las obtenidas por la utilización de bienes o prestación de 
       servicios, directa o indirectamente derivados de la explotación 
       agropecuaria.

d)     Las obtenidas bajo forma de aparcería, pastoreo, medianería y 
       similares.

e)     Las provenientes de instrumentos financieros derivados vinculados 
       a la actividad agropecuaria. (*)

A tales efectos se entiende por explotación agropecuaria la destinada a
obtener productos primarios, vegetales o animales, tales como cría o 
engorde de ganado, producción de lanas, cerdas, cueros y leche, 
producción agrícola, frutícola y hortícola, floricultura, y avicultura,
apicultura y cunicultura.

En consecuencia, se excluyen las actividades de manipulación o 
transformación que importen un proceso industrial, excepto cuando sean 
necesarios para la conservación de los bienes primarios.

La explotación de bosques comprende las actividades a que refieren los 
artículos 74º y 75º del Título que se reglamenta. (*)

(*)Notas:
Literal e) agregado/s por: Decreto Nº 115/017 de 02/05/2017 artículo 2.
Ver en esta norma, artículos: 9, 168 y 183 (vigencia).
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