REGLAMENTACION DEL IRAE. REFORMA TRIBUTARIA LEY Nº 18.083




Promulgación: 26/04/2007
Publicación: 04/05/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 709
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 3.

IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS ACTIVIDADES ECONOMICAS
CAPITULO VII - LIQUIDACION
SECCION III - ACTIVIDADES AGROPECUARIAS

Artículo 175

 Opción.- Los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades
Económicas que desarrollen actividades agropecuarias podrán optar cada 
ejercicio por efectuar los pagos a cuenta de la forma dispuesta en la 
Sección I de este Capítulo o realizarlos de la manera establecida en el 
artículo siguiente. 

En caso de optarse por el sistema establecido en la Sección I, el monto 
definitivo de cada anticipo surgirá de deducir al monto primario así 
determinado, las retenciones practicadas y los pagos realizados del 
Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios del trimestre 
correspondiente. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 183 (vigencia).
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