APROBACION DE TARIFAS Y PRECIOS. LINEAS NACIONALES DE CORTA, MEDIA Y LARGA DISTANCIA. USO DE ANDENES TERMINAL 3 CRUCES.




Promulgación: 26/05/1999
Publicación: 04/06/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 1178
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 Fíjase en $ 0,227 (doscientos veintisiete milésimos de peso uruguayo) el
valor del pasajero kilómetro para el pago de las órdenes de transporte
que emite el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, conforme a lo
dispuesto por los arts. 366 de la Ley Nº 15.809 de 8 de abril de 1986 y
318 de la Ley Nº 16.170 de 28 de diciembre de 1990. El referido valor
tendrá vigencia para las órdenes que se canjeen por boletos abonos a
partir de julio de 1999.
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