MODIFICACION DE DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS SOBRE CONTRALOR Y VENTA DE INSECTICIDAS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS Y OTROS PRODUCTOS DE SIMILAR USO AGRICOLA




Promulgación: 15/03/1977
Publicación: 25/03/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 432
Referencias a toda la norma

CAPITULO VI - DE LAS TRANSFERENCIAS

Artículo 33

El registro y la autorización de venta de los productos mencionados en el
artículo 1º se podrán transferir de una firma a otra dentro del período de
vigencia del registro. Las firmas interesadas en la transferencia, se
presentarán por escrito ante la Dirección de Sanidad Vegetal, en nota
conjunta o por vía separada, proporcionando todos los datos relativos a la
misma y ejecutando la correspondiente solicitud.
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