MODIFICACION AL REGLAMENTO DE UNIFORMES DEL EJERCITO (RG 29-4)




Promulgación: 04/04/1995
Publicación: 26/04/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1995
  •    Página: 358
 Visto: la gestión del Comando General del Ejército tendiente a introducir
modificaciones al numeral 4.8.6.8 del Reglamento de Uniformes del
Ejército (RG.29-4) aprobado por el Decreto 686/991 de 17 de diciembre
de 1991, a los efectos de que queden contempladas todas las
especialidades paracaidistas, así como establecer la creación de un
distintivo especial para el Personal Superior y Subalterno de la Reserva,
egresado del C.I.O.R.

 Resultando: I) que el citado Reglamento en los numerales 4.8.6.8,
4.8.6.8.1 y 4.8.6.8.2 prevé el uso y descripción de un distintivo especial
para el Curso de Paracaidismo Militar, habiéndose otorgado hasta el
momento a quienes han realizado el Curso Básico de Paracaidismo
Militar, Curso Básico de Jefe de Salto y Curso de Guía de Lanzamiento.

 II) que el Centro de Paracaidistas del Ejército de acuerdo a lo que
establece el numeral 5to. del Capítulo V del Manual de Organización y
Funciones (M.O.F. 1-02), dicta Cursos de Paracaidismo Militar en diversas
especialidades, no obstante lo cual no todas se encuentran contempladas
en los numerales precedentemente citados.

 III) que en relación al Personal de la Reserva, si bien dicho Reglamento
en el numeral 4.5.25 del Capítulo IV reguló lo relativo a un distintivo de
destino para Oficiales de la misma, sólo es aplicable al Personal Superior
de la Reserva Incorporado o eventualmente en Instrucción conforme a lo
dispuesto en los artículos 111, 112 y 114 del Decreto-Ley 14.157 de 21
de febrero de 1974.

 IV) que el personal Superior y Subalterno de la Reserva no Incorporado
al no tener el estado militar, no le asiste derecho al uso del uniforme
y por ende no posee ningún distintivo que lo distinga.

 Considerando: I) que es necesario que en el Reglamento de Uniformes
del Ejército, en particular en el Capítulo de Distintivos Especiales
queden incluidas todas las especialidades paracaidistas, de acuerdo a
los diferentes cursos regulares que se dictan en el Centro de Instrucción
de Paracaidistas del Ejército (C.I.P.E.).

 II) que es de estricta justicia efectuar un reconocimiento al ejemplo
de sacrificio y entrega voluntaria que han puesto de manifiesto estos
ciudadanos en aras del caro anhelo de servir a la Patria, por lo que dicho
reconocimiento contribuiría a resaltar y enaltecer la moral y el espíritu
de cuerpo del Personal Militar de Reserva.

 Atento: a los fundamentos expuestos y al informe favorable de la
Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.

                    El Presidente de la República

                            DECRETA:

Artículo 1

Modifícase el numeral 4.8.6.8 del Reglamento de Uniformes del Ejército
(RG 29-4) aprobada por el Decreto 686/991 de fecha 17 de diciembre de 1991, el que quedará redactado de la siguiente manera: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 2

Agrégase al Capítulo IV del mencionado Reglamento de Uniformes del
Ejército (RG. 29-4), el siguiente numeral:  (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 3

  Apruébase el Anexo 1 - Lámina 57 - Figura 6 adjunto al presente.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 148/995 de 
04/04/1995.
Referencias al artículo

Artículo 4

   Comuníquese, publíquese y archívese.

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA
Ayuda