OFICINAS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL. HORARIO DE ATENCION. PUBLICIDAD




Promulgación: 26/04/2010
Publicación: 06/05/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 755
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.556 de 18/09/2002 artículo 77.

Artículo 2

 Establécese que los horarios excepcionales de atención al público
autorizados por el Poder Ejecutivo deberán ser comunicados con una
antelación de 24 horas.
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