Decreto N° 141/992
PRODUCTOS DE CONSUMO - CONTROL DE CALIDAD
Promulgación: 02/04/1992
Publicación: 08/05/1992
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 1
- Año: 1992
- Página: 276
Artículo 19
Si no concurrieran al instituto en el día y hora designados cualquiera
de los peritos nombrados, se tendrá por consentido el análisis.
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