Derogada/o por: Decreto Nº 345/005 de 26/09/2005 artículo 4.
VISTO: que resulta necesario instrumentar una rápida y efectiva política
de vinculación con los uruguayos residentes en el extranjero;
CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en el Decreto 197/1997
de 11 de junio de 1997 a la Dirección General para Asuntos Técnico
Administrativos compete organizar y controlar los servicios consulares a
través del Departamento de Asuntos Consulares;
II) que se entiende conveniente que la dependencia precitada tenga a su
cargo la coordinación de una política nacional de vinculación;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA: