CAJA DE RETIRADOS Y PENSIONISTAS MILITARES. HABERES DE RETIRO DEL PERSONAL DE TROPA




Promulgación: 11/01/1967
Publicación: 23/01/1967

Resumen:

Establécese que los haberes de retiro del Personal de Tropa y Cuerpo de Equipajes de la Marina, con grado de oficiales en situación de Reserva, serán abonados por la Caja de Retirados y Pensionistas Militares con cargo
a Rentas Generales.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 229/967 de 
04/04/1967 artículo 1.

Artículo 1



		
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