CONVOCATORIA DEL CONSEJO TRIPARTITO RURAL. CLASIFICACION DE LOS GRUPOS DE ACTIVIDAD DE LOS CONSEJOS DE SALARIOS




Promulgación: 19/04/2005
Publicación: 25/04/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2005
  •    Página: 750
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 La constitución y funcionamiento de los Consejos de Salarios previstos
en el Decreto Nro. 105/2005 de 7 de marzo de 2005, se ajustará en el
sector agropecuario a la siguiente clasificación por grupos de
actividad:
GRUPO 1. Ganadería, agricultura y actividades conexas.
GRUPO 2. Viñedos, fruticultura, horticultura, floricultura, criaderos de
aves, suinos, apicultura y otras actividades no incluidas en el grupo 1.
GRUPO 3. Forestación (incluido Bosques, Montes y turberas).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 4 y 7.
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