MODIFICACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 1995




Promulgación: 18/05/1999
Publicación: 27/05/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 1048
VISTO: la gestión iniciada por la Administración de las Obras Sanitarias
del Estado a los fines que se dirán (expediente Nº 97003830-0);

RESULTANDO: I) que por Resolución Nº 1135/97 del Directorio de dicha
Administración de 4 de junio de 1997, se propone la inclusión del
personal que figura en los Anexos I, II y III agregados de fojas 108 a
115 de los respectivos antecedentes administrativos y que forman parte
integrante de la misma, en el Anexo II del artículo 9 del Presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Organismo,
correspondiente al Ejercicio 1995, aprobado por Decreto del Poder
Ejecutivo Nº 48/96 de 13 de febrero de 1996;

II) que en el numeral segundo de dicha resolución se propone la
modificación del Anexo II del artículo 9 del referido Decreto, de acuerdo
a las correcciones que figuran en los Anexos IV y V, que lucen de fojas
116 a 122 e integran la resolución relacionada precedentemente;

III) que analizada dicha propuesta por la División Jurídica de esta
Secretaría de Estado en informe de 8 de agosto de 1997, se entendió
conveniente previo a un pronunciamiento sobre el fondo del asunto,
requerir el pronunciamiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil;

IV) que la División Cargos y Salarios de esa Oficina en informe de 12 de
noviembre de 1997, luego de analizar los correspondientes recaudos, pone
énfasis en la situación funcional de la Ingeniera Esther Yañez, cuya
inclusión se pretende a través del Anexo I de la R/D Nº 1135/97
correspondiente al "Personal Presupuestado Omitido";

V) que al respecto señala que la circunstancia de que la funcionaria no
se encontrara prestando funciones en el Organismo al momento de
realizarse el relevamiento, no puede implicar una afectación de sus
derechos funcionales, atento a lo cual se establece que no se comparte la
posición sustentada por la Asesoría Letrada de la referida
Administración, ya que al efectuarse el encuadramiento de dicha
funcionaria se habrían tomado en cuenta elementos típicos del ascenso,
que no fueron aplicados a los demás funcionarios del ente en el marco de
la reestructura que culminara con el dictado del Decreto relacionado
precedentemente;

VI) que en consecuencia correspondería, aplicando al caso de marras el
criterio utilizado con los demás funcionarios, presupuestar a la
funcionaria en un cargo del Escalafón Técnico, categoría 18 y no en el
cargo de Gerente del Departamento de Funcionamiento del Interior,
categoría 17, escalafón A, Profesional Universitario propuesto;

VII) que en informe de 10 de diciembre de 1997 de la División Jurídica de
este Ministerio se sugirió una nueva remisión de estos antecedentes al
organismo de origen, a efectos de que se pronunciara acerca de la
observación formulada por la Oficina Nacional del Servicio Civil y en
caso de compartirse indicara el cargo en el cual correspondería la
presupuestación;

VIII) que oportunamente son devueltos estos obrados sin un
pronunciamiento expreso sobre lo solicitado, sin perjuicio de lo cual se
indica que la Ing. Yañez presentó renuncia incentivada, aceptada por
Resolución Ministerial Nº 1022 de 6 de noviembre de 1997, dictada en
ejercicio de atribuciones delegadas;

IX) que devueltas estas actuaciones a efectos de expedirse sobre lo
relacionado en el resultando VII de la presente, el Directorio adoptó la
Resolución Nº 1556 de 26 de agosto de 1998, por la cual se resuelve
modificar en su parte final el Anexo I de la R/D Nº 1135/97, excluyendo
de la propuesta a la funcionaria Esther Yañez, cuya regularización se
tramitará por separado;

CONSIDERANDO: I) que la Oficina Jurídica Notarial de la Administración de
las Obras Sanitarias del Estado en informes de 15 de julio y 12 de agosto
del corriente año se pronuncia acogiendo la sugerencia formulada por la
Oficina Nacional del Servicio Civil respecto de la Ing. Yañez, por lo
cual propone el desglose de las actuaciones relacionadas con la misma
para su tramitación por separado;

II) que dicha sugerencia es acogida por la R/D Nº 1556 de 26 de agosto
del presente año, procediéndose al desglose correspondiente;

III) que la División Jurídica de esta Secretaría de Estado en informe de
1º de octubre de 1998 señala que, luego de la decisión adoptada por el
Directorio del Organismo relacionada precedentemente, no existiría ningún
tipo de obstáculos para proceder a la inclusión del personal omitido y a
las correcciones de las situaciones consignadas erróneamente en el
Decreto del Poder Ejecutivo conforme a lo relacionado en los Anexos I,
II, III, IV y V, agregados de fojas 108 a 122 y que forman parte
integrante de la R/D Nº 1135/97, que nunca fueron observadas por el
organismo asesor consultado;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Decreto del
Poder Ejecutivo Nº 48/96 de 13 de febrero de 1996;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Inclúyase en el Anexo II del artículo 9 del Presupuesto Operativo, de
Operaciones Financieras y de Inversiones del Organismo, correspondiente
al Ejercicio 1995, aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 48/96 de
13 de febrero de 1996, el personal que figura en el Anexo I, con la
modificación introducida por la R/D Nº 1556 de 26 de agosto de 1998, II y
III, agregados de fojas 108 a 115 de los respectivos antecedentes
administrativos y que forman parte integrante de la Resolución del
Directorio de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado Nº
1135/97 de 4 de junio de 1997.-
Referencias al artículo

SANGUINETTI - JUAN CHIRUCHI - LUIS MOSCA
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