DEROGACION A LA REGLAMENTACION DE LAS EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD VIGILANCIA Y AFINES




Promulgación: 24/04/2001
Publicación: 30/04/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 967
VISTO: que por Resolución del Poder Ejecutivo se hizo lugar a los 
recursos de revocación interpuestos por diversas empresas de seguridad y 
de alarmas contra el literal C) del apartado 3 del artículo 6to. del 
Decreto Nº 275/99 de 14 de setiembre de 1999.

RESULTANDO: que lo resuelto se fundamenta en el hecho que la 
responsabilidad solidaria impuesta por la disposición antes citada no 
puede establecerse por norma de inferior jerarquía a la ley;

ATENTO: a lo antes expuesto y a lo preceptuado en el artículo 1391 del 
Código Civil.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Derógase el literal C) del apartado 3 del artículo 6to. del Decreto Nº 
275/99 de 14 de setiembre de 1999.

HIERRO LOPEZ - GUILLERMO STIRLING


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