CEREALES. ELABORACION DE HARINAS DE TRIGO ENRIQUECIDAS CON VITAMINAS Y MINERALES




Promulgación: 04/05/2006
Publicación: 09/05/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 871

RESPONSABILIDADES DE LAS EMPRESAS FABRICANTES O IMPORTADORAS DE HARINAS
FORTIFICADAS

Artículo 9

 En los productos elaborados en base de harina fortificada se podrán
utilizar los aditivos y coadyuvantes de elaboración previstos para el
grupo de alimentos que corresponda, de acuerdo a lo establecido por las
disposiciones pertinentes del Reglamento Bromatológico Nacional vigente.
El Ministerio de Salud Pública, podrá autorizar otros aditivos o
coadyuvantes siempre que su empleo no afecte la inocuidad del alimento y
esté justificado en una mejora de la biodisponibilidad del fortificante o
de la estabilidad del alimento al que se propone adicionar.
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