Las harinas de trigo enriquecidas o fortificadas usadas como
ingredientes de productos alimenticios deberán ser declaradas en la lista
de ingredientes que figura en el rótulo de los mismos con las siguientes
expresiones: harina de trigo fortificada con hierro y ácido fólico, o
harina de trigo enriquecida con hierro y ácido fólico. Alternativamente
podrá sustituirse la indicación de los nutrimentos de enriquecimiento por
la expresión "Decreto....." donde en los puntos suspensivos se indique el
número y año del presente decreto.