CEREALES. ELABORACION DE HARINAS DE TRIGO ENRIQUECIDAS CON VITAMINAS Y MINERALES




Promulgación: 04/05/2006
Publicación: 09/05/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 871

RESPONSABILIDADES DE LAS EMPRESAS FABRICANTES O IMPORTADORAS DE HARINAS
FORTIFICADAS

Artículo 11

 Respecto de las harinas cuyo destino sea el uso como materia prima para
la elaboración de alimentos pre-envasados a escala industrial, se
otorgará un plazo de 90 DIAS desde la fecha de entrada en vigencia de la
presente reglamentación a efectos que los fabricantes tomen los recaudos
necesarios para la realización de los pertinentes estudios de posibles
alteraciones organolépticas y lapsos de aptitud de los mismos.
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