CREACION DE LA OFICINA CENTRAL DE INFORMACION DE PERSONAS




Promulgación: 06/03/1978
Publicación: 10/03/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 382

Artículo 9

   Autorízase la entrega a la Oficina Central de Información de Personas
de una partida de N$ 100.000.00 (nuevos pesos cien mil) para atender a los
gastos de instalación y funcionamiento, con cargo al artículo 29 de la
ley 11.925, de 27 de marzo de 1953.
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