APROBACION DEL REGLAMENTO DE VIATICOS Y COMPENSACIONES PARA FUNCIONARIOS DEL BANCO DE PREVISION SOCIAL




Promulgación: 26/02/1976
Publicación: 11/03/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 613

Artículo 8

   Además del viático se abonará al funcionario por concepto de gastos de
transporte, los importes devengados por pasajes y gastos eventuales y
extraordinarios en que deba incurrir por el traslado al lugar de la
comisión, así como el flete del equipaje o instrumentos de trabajo
necesarios para el cumplimiento de la misión, siempre que los mismos hayan
sido autorizados por el jerarca respectivo.
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