APROBACION DEL REGLAMENTO DE VIATICOS Y COMPENSACIONES PARA FUNCIONARIOS DEL BANCO DE PREVISION SOCIAL




Promulgación: 26/02/1976
Publicación: 11/03/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 613
   Visto: el anteproyecto de Reglamento de Viáticos y Compensaciones para
funcionarios del Banco de Previsión Social.

   Considerando:I) Que el mismo cuenta con la aprobación del Directorio de
dicho Banco;

   II) Que las normas del referido Anteproyecto de Reglamento se ajustan a
las disposiciones vigentes en la materia, respetando las contenidas en el
decreto del Poder Ejecutivo 819/975 de 28 de octubre de 1975.

   Atento: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido por el
artículo 46 de la ley 14.189 de 30 de abril de 1974,

                        El Presidente de la República

                                   DECRETA:

Artículo 1

   Los funcionarios dependientes del Banco de Previsión Social que para el
desempeño de comisiones, deban alejarse del lugar habitual de trabajo,
tendrán derecho a percibir un viático destinado a compensar el total de
gastos de alojamiento, alimentación y además gastos personales
indispensables mientras permanezcan cumpliendo la comisión encomendada por
resolución superior. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

BORDABERRY - JOSE E. ETCHEVERRY STIRLING - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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