REDUCCION DEL GASTO PUBLICO. PROHIBICION CONTRATACION DE PERSONAL. VIII CENSO GENERAL DE POBLACION. IV CENSO DE HOGARES. VI CENSO DE VIVIENDAS
Promulgación: 13/04/2004
Publicación: 20/04/2004
Registro Nacional de Leyes y Decretos:
Tomo: 1
Semestre: 1
Año: 2004
Página: 715
VISTO: los Decretos Nos. 158/002 de 30 de abril de 2002 y 208/002 de 11
de junio de 2002;
RESULTANDO: que los mismos regulan la contratación de personal;
CONSIDERANDO: I) que el artículo 63 de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero
de 2001 y el Decreto 14/004 de 20 de enero de 2004 prevén la realización
del VIII Censo General de Población, IV de Hogares y VI de Viviendas
encargando su ejecución al Instituto Nacional de Estadística, así como la
dirección, responsabilidad y ejecución de la primera fase del mismo
durante el año 2004;
II) que para las referidas tareas, el Instituto Nacional de Estadística
deberá obtener el concurso de personal calificado en procesamiento
estadístico y con amplia experiencia en preparación de censos, a
seleccionarse, tanto en Montevideo como en el Interior del país;
III) que a tal efecto resulta conveniente que el personal afectado a las
tareas preparatorias del Censo quede excluido de las disposiciones de los
Decretos 158/002, de 30 de abril de 2002 y 208/002, de 11 de junio de
2002;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Exclúyese de lo dispuesto por los Decretos 158/002, de 30 de abril de
2002 y 208/002, de 11 de junio de 2002 al personal seleccionado por el
Instituto Nacional de Estadística para desarrollar las tareas
correspondientes a la primera fase del VIII Censo General de Población,
IV de Hogares y VI de Viviendas..
BATLLE - DANIEL BORRELLI - DIDIER OPERTTI - ISAAC ALFIE - YAMANDU FAU -
LEONARDO GUZMAN - LUCIO CACERES - JOSE VILLAR - SANTIAGO PEREZ DEL CASTILLO - CONRADO BONILLA - MARTIN AGUIRREZABALA - JUAN BORDABERRY - SAUL IRURETA