APROBACION DE MEDIDAS PARA EL DESCONGESTIONAMIENTO Y CIRCULACION NORMAL DE CAMIONES EN EL AREA PORTUARIA DE NUEVA PALMIRA




Promulgación: 20/01/2012
Publicación: 03/02/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 90

Artículo 5

 Cuando las instalaciones a que se refiere el artículo anterior sean
playas de estacionamiento deberán:
a) Tener una capacidad que permita el estacionamiento de un mínimo de
100 camiones pesados (camiones con acoplado y tractores con
semirremolque), en un pavimento de tosca compactada o superior.
b) Estar cercados, con entrada y salida debidamente controladas, y
disponer de iluminación.
c) Contar con una provisión mínima de al menos un baño completo (con
ducha de agua caliente y artefactos completos) cada 20 lugares de
estacionamiento y un comedor con instalaciones que permitan elaborar
comidas simples.
d) Contar con operador de la terminal de acceso a redes informáticas y
personal de limpieza y seguridad.
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