REGLAMENTACION DE LA LEY 19.353 RELATIVO A LA CREACION DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE CUIDADOS (SNIC). SERVICIO DE ASISTENTES PERSONALES PARA CUIDADOS DE LARGA DURACION PARA PERSONAS EN SITUACION DE DEPENDENCIA SEVERA
CAPÍTULO I
CREACION Y CONDICIONES DEL SERVICIO DE ASISTENTES PERSONALES PARA CIUDADOS DE LARGA DURACIÓN PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA SEVERA
Artículo 4
(Servicio de Asistentes Personales) El Servicio integra el Programa de Cuidados en Domicilio del Sistema Nacional Integrado de Cuidados.
Dicho Servicio está constituido por el cuidado y la asistencia personal para las actividades de la vida diaria de personas en situación de dependencia severa.
El Servicio que se reglamenta se compone de la habilitación, el registro, la formación, la supervisión y/o el otorgamiento de un subsidio según lo prescripto en el presente Decreto.