REGLAMENTACION DE LA LEY 19.353 RELATIVO A LA CREACION DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE CUIDADOS (SNIC). SERVICIO DE ASISTENTES PERSONALES PARA CUIDADOS DE LARGA DURACION PARA PERSONAS EN SITUACION DE DEPENDENCIA SEVERA




Promulgación: 25/04/2016
Publicación: 04/05/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.353 de 27/11/2015.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO II
PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS PARA EL ACCESO DE LOS USUARIOS AL SERVICIO

Artículo 12

   (Revaloración) El nivel de dependencia y el subsidio serán revisables de oficio por la Secretaria Nacional de Cuidados o el Banco de Previsión Social por las causas que entiendan pertinentes.

   El interesado o sus representantes podrán asimismo peticionar la revisión con base en alguna de las siguientes causas: a) modificación de la situación de dependencia; b) error en la aplicación del baremo y c) error o modificación de la valoración de ingresos.
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