REGLAMENTACION DE LA LEY 19.175 RELATIVO A LA DECLARACION DE INTERES GENERAL. CONSERVACION, INVESTIGACION Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS HIDROBIOLOGICOS Y ECOSISTEMAS




Promulgación: 24/04/2018
Publicación: 04/05/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.175 de 20/12/2013.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO VIII - DE LA PESCA ARTESANAL

Artículo 54

   Autorizada la sustitución de embarcaciones se producirá la baja automática de la Matricula en Pesca (ante Prefectura Nacional Naval) y del Permiso de Pesca (ante la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos) de la embarcación sustituida, procediéndose en este último caso al registro de la nueva embarcación. El titular del permiso deberá realizar las gestiones pertinentes a los efectos de acreditar la sustitución ante la Prefectura Nacional Naval.
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