REGLAMENTACION DE LA LEY 19.175 RELATIVO A LA DECLARACION DE INTERES GENERAL. CONSERVACION, INVESTIGACION Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS HIDROBIOLOGICOS Y ECOSISTEMAS




Promulgación: 24/04/2018
Publicación: 04/05/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.175 de 20/12/2013.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO IV - DE LOS PERMISOS

Artículo 17

   El permiso de pesca se extenderá en un documento por el cual se autoriza al permisario a realizar actividades de pesca con una determinada embarcación o desde tierra sin embarcación, condicionado al cumplimiento de la normativa vigente y con el contenido dispuesto en el artículo 21.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 18 y 34.
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