REGLAMENTACION DE LA LEY 19.175 RELATIVO A LA DECLARACION DE INTERES GENERAL. CONSERVACION, INVESTIGACION Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS HIDROBIOLOGICOS Y ECOSISTEMAS
Se prohíbe la actividad pesquera mediante las siguientes modalidades:
a) empleo de redes de deriva;
b) uso de explosivos;
c) sustancias tóxicas;
d) trasmallos (redes de enmalle de dos o tres paños superpuestos);
e) sistema de apaleo para incrementar las capturas con redes de
enmalle.