REGLAMENTACION DE LA LEY 19.175 RELATIVO A LA DECLARACION DE INTERES GENERAL. CONSERVACION, INVESTIGACION Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS HIDROBIOLOGICOS Y ECOSISTEMAS




Promulgación: 24/04/2018
Publicación: 04/05/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.175 de 20/12/2013.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO XVII - CONTRALORES

Artículo 113

   Los productos pesqueros sólo podrán transitar dentro del territorio nacional con la documentación sanitaria correspondiente, constancia que acredite su origen, destino y en medios debidamente habilitados, cumpliendo asimismo con los requisitos exigidos por el Decreto del Poder Ejecutivo N° 127/012, de 20 de abril de 2012.
Ayuda