REGLAMENTACION DE LA LEY 19.175 RELATIVO A LA DECLARACION DE INTERES GENERAL. CONSERVACION, INVESTIGACION Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS HIDROBIOLOGICOS Y ECOSISTEMAS




Promulgación: 24/04/2018
Publicación: 04/05/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.175 de 20/12/2013.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO XIV - DE LA ACUICULTURA

Artículo 100

   En caso de cierre de un emprendimiento el titular deberá comunicar tal situación a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos quien podrá, según el caso, autorizar el sacrificio de los ejemplares existentes o su traslado hacia otros establecimientos inscriptos. En caso de infracción al presente artículo, los organismos hidrobiológicos quedarán a disposición de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos.
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