MODIFICACION A LA REGLAMENTACION DE LA LEY ORGANICA MILITAR




Promulgación: 17/03/1981
Publicación: 27/03/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1981
  •    Página: 495
Visto: la actual redacción del R) XI de la Reglamentación del artículo 273
de la Ley Orgánica Militar 10.757, de fecha 27 de julio de 1946 dada por
el decreto 538/979, de fecha 25 de setiembre de 1979.

Considerando: que resulta de interés modificar la citada disposición para
ampliar las posibilidades de selección de candidatos en realizar cursos en
el extranjero, dando mayores marcos de acción que posibiliten una
selección más adecuada.

Atento: al informe favorable del Asesor Letrado del Ministerio de Defensa
Nacional,

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Modifíquese el R) XI de la Reglamentación del artículo 273 de la Ley Orgánica Militar 10.757, de fecha 27 de julio de 1946, en su texto dado por el decreto 538/979, de 23 de setiembre de 1979, el que quedará redactado en los siguientes términos:

"R) XI: "Entre las condiciones impuestas deben establecerse el o los
grados, así como el Arma o Servicio a que deben pertenecer los
concursantes. Siempre que fuera posible, se evitará el llamado a concurso
de distintos grados para una misma beca.

El organismo calificador respectivo, informará al Comando General del
Ejército lo siguiente:

- Calificaciones en el grado que ostenta.
- Calificaciones de grado en el grado anterior.
- Hechos en su actuación anterior que por su carácter e importancia puedan
  configurar causa inhibitoria.
- El Comando General del Ejército resolverá la pertinencia de la posible
  designación, cualquiera sea el caso que se considere, visando el mejor
  aprovechamiento de los conocimientos a adquirir y aplicación de los
  mismos."

MENDEZ - ARMANDO CHIARINO AGUIRRE
Ayuda