Prorrógase por el período comprendido entre el 1° de abril de 2015 y el 30 de junio de 2015, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las enajenaciones de carne de conejo dispuesta en el artículo 1° del Decreto N° 99/014 de 22 de abril de 2014, con el mismo alcance establecido en el artículo 1° del Decreto N° 42/013 de 6 de febrero de 2013.