FIJACION DEL PRECIO DE COMBUSTIBLES. MAYO 2014




Promulgación: 30/04/2014
Publicación: 08/05/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 655
VISTO: El Oficio No. 174-2014-D/245107/0, de fecha 29 de abril de 2014,
cursado por la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Portland, mediante el cual solicita la aprobación del precio para el Gas
Oil 50-S, Gasolina Super 95 30-S, Gasolina Premium 97 30-S, productos
derivados del petróleo crudo.

CONSIDERANDO: Que el fundamento para la aprobación de los precios de los
productos referidos en el Visto, se encuentra detallado en el mencionado
Oficio y no merece objeciones del Poder Ejecutivo.

ATENTO: A lo dispuesto por el literal f), del artículo 3o. de la Ley No.
8.764, del 15 de octubre de 1931, en la redacción dada por el Art. 1o. del
Decreto-Ley No. 15.312, de fecha 20 de agosto de 1982,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Modificar el artículo 1°, literal a) del Decreto N° 1/2014 en lo
siguiente:

a)     COMBUSTIBLES            PRECIO POR LITRO
       Gas Oil 50-S                $ 39,90
       Gasolina Super 95 30-S      $ 41,80
       Gasolina Premium 97 30-S    $ 43,40

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).

JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN - MARIO BERGARA
Ayuda