Reglamentario/a de: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 146.
Artículo 7
Postulación.- Los funcionarios a que se refiere este reglamento podrán
postularse para prestar funciones en el exterior cuando cumplan con los
siguientes requisitos:
a) haber sido designado en un cargo del Escalafón "A" Técnico Profesional
del Ministerio de Relaciones Exteriores con posterioridad al 31 de
diciembre de 1985;
b) tener una antigüedad de más de 10 años en el Escalafón "A" Técnico
Profesional del Ministerio de Relaciones Exteriores;
c) haber aprobado los cursos que a tales efectos dictará el Instituto
Artigas del Servicio Exterior (IASE);
d) haber transcurrido cinco años como mínimo de su regreso a la República.