MODIFICACION AL REGLAMENTO ORGANICO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES




Promulgación: 07/04/2010
Publicación: 20/04/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 597
VISTO: el Decreto N° 27/1996, de 6 de febrero de 1996 y sus modificativos,
el Decreto N° 197/1997, de 11 de junio de 1997 y sus modificativos, y el
Decreto 345/2005 de 26 de setiembre de 2005 y el Decreto No. 179/2008 de
31 de marzo de 2008;

RESULTANDO: que tales normas regulan la reformulación de la estructura
organizativa y de funcionamiento de la Unidad Ejecutora 001 "Ministerio de
Relaciones Exteriores" Inciso 06;

CONSIDERANDO: I) que la estructura organizativa de funcionamiento del
Ministerio de Relaciones Exteriores requiere una adecuación a las
necesidades de la actuación internacional de la República;

II) que de acuerdo a lo establecido en la normativa mencionada en el
"Visto", las Direcciones Generales del Ministerio de Relaciones Exteriores
son responsables del cumplimiento de los cometidos sustantivos y de apoyo
del Inciso;

III) que, sin perjuicio del proceso de adecuación en que se encuentra esta
Secretaría de Estado, resulta necesario implementar en lo inmediato -y con
carácter transitorio- algunas modificaciones en la estructura organizativa
que permitan optimizar el cumplimiento de sus cometidos;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Derógase el Decreto No. 179/2008, de 31 de marzo de 2008.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 6 (vigencia).

Artículo 2

 Modifícase el artículo 89 del Decreto No. 27/1996 de 6 de febrero de
1996, con las modificaciones introducidas por el Decreto No. 197/97 de 11
de junio de 1997, el que quedará redactado de la siguiente forma: (*)


(*)Notas:
Ver: Texto.
Ver en esta norma, artículo: 6 (vigencia).

Artículo 3

 Modifícase el artículo 91 del Decreto 27/1996 de 6 de febrero de 1996 con
las modificaciones introducidas por el Decreto No. 197/97 de 11 de junio
de 1997, el que quedará redactado de la siguiente forma: (*)


(*)Notas:
Ver: Texto.
Ver en esta norma, artículo: 6 (vigencia).

Artículo 4

   (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 176/019 de 24/06/2019 artículo 30.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 111/010 de 07/04/2010 artículo 4.

Artículo 5

 En lo no previsto específicamente por el presente decreto y en particular
lo concerniente a los cometidos y competencias del Ministerio de
Relaciones Exteriores y sus dependencias será de aplicación lo dispuesto
por los Decretos N° 27/1996, de 6 de febrero de 1996 y N° 197/1997 de 11
de junio de 1997 y sus modificativos.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 6 (vigencia).

Artículo 6

 Las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia a partir del
15 de marzo del 2010.

Artículo 7

 Comuníquese, publíquese, etc.

JOSE MUJICA - ROBERTO CONDE
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