AUTORIZACION PARA SUSCRIBIR CONVENIO FORESTAL




Promulgación: 19/02/1976
Publicación: 03/03/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 570
   Visto: estos antecedentes elevados por la Dirección Forestal, Parques y
Fauna, relacionados con el proyecto de convenio a suscribir con la
Facultad de Agronomía, a los fines que se indicarán.

   Resultando: I) A grandes rasgos, los objetivos del Convenio en cuestión
son los siguientes: a) lograr el abastecimiento interno de semillas
forestales; b) realizar investigaciones sobre la recolección de frutos y
extracción de semillas, limpieza, clasificación y conservación; c)
establecer montes semilleros en plantaciones de más de 10 años de
propiedad oficial o privada que aseguren el abastecimiento por los
próximos 10 años; d) poner en funcionamiento un Centro de procesamiento y
almacenamiento de semillas forestales en el Vivero Nacional Dr. Alejandro
Gallinal que permitirá un abastecimiento permanente: e) capacitar a los
estudiantes de la Facultad de Agronomía y de la Universidad del Trabajo
(Escuela de Silvicultura) en el tema; y f) divulgar los resultados de las
investigaciones;

   II) El plazo del Convenio de que se trata se fija en cinco años a
partir de su otorgamiento y tanto el Ministerio de Agricultura y Pesca
como la Facultad de agronomía se obligan a aportar personal, materiales,
instalaciones, viáticos y los montes semilleros de su jurisdicción.

   Considerando: I) Se estima beneficioso propender al desarrollo, por
todos los medios posibles de la forestación, habida cuenta de la
importancia que la misma reviste para la economía general del país;

   II) Para ello es necesario disponer, en cantidad suficiente, de
semillas de algunas de las especies seleccionadas para el desarrollo
mencionado, especialmente en el caso de los pinos originarios del sur de
los Estados Unidos de América (P. Ellioti y P taeda);

   III) En ese orden de ideas se estima conveniente autorizar la
suscripción del Convenio de que se trata, referido en la parte expositiva
de este decreto.

   Atento: a lo preceptuado por la ley 13.723, del 16 de diciembre de
1968,

                         El Presidente de la República

                                   DECRETA:

Artículo 1

   Autorízarse a la Dirección Forestal, Parques y Fauna para suscribir,
con la Facultad de Agronomía, el Convenio referido en la parte expositiva
de este decreto, a fin de lograr el abastecimiento interno de semillas
forestales.
Referencias al artículo

Artículo 2

   Comuníquese, etc.

BORDABERRY - JULIO EDUARDO AZNAREZ - DANIEL DARRACQ
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