VISTO: lo dispuesto por los Artículos 115 a 122 de la Ley N° 18.362 de 6
de octubre de 2008 que prevén la creación de la Dirección de Asuntos
Internos, así como el estatuto especial de protección del funcionario que
presta servicios en dicha repartición.
RESULTANDO: Que resulta necesario dictar normas generales que reglamenten
la organización y el funcionamiento de la Dirección de Asuntos Internos.
CONSIDERANDO: El proyecto de decreto elevado al Ministro del Interior por
el grupo de trabajo designado a tales efectos.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto, así como a lo dispuesto en el
Artículo 121 de la Ley N° 18.362 de 6 de octubre de 2008, y en el numeral
4° del Artículo 168 de la Constitución de la República.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA
Apruébase el Reglamento Orgánico de la Dirección de Asuntos Internos
creada por el Artículo 115 de la Ley N° 18.362 de 6 de octubre de 2008, el
que se considera parte del presente.(*)