Visto: lo dispuesto por el artículo 67 de la ley 14.189 de 30 de abril de 1974.
Resultando: I) Que el grupo de trabajo creado con la finalidad de estudiar los proyectos de reestructura funcional que deben elevarse a consideración de la Contaduría General de la Nación y Oficina Nacional del Servicio Civil, aconsejó la aprobación del proyecto presentado por la Dirección General de Estadística y Censos;
II) Que por resolución de fecha 27 de noviembre de 1974 de los señores Directores de la Contaduría General de la Nación y Oficina Nacional del Servicio Civil se dispone aconsejar al Poder Ejecutivo la aprobación del referido proyecto
Considerando: I) Que la reestructura propuesta por la Dirección General de Estadística y Censos procura a una racionalización de los servicios, cumpliéndose así, en su letra y en su espíritu con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 14.189 de 30 de abril de 1974.
II) Que el proyecto no produce lesión de derechos funcionales ni provoca aumentos en las retribuciones de los cargos correspondientes a los actuales escalafones;
III) Que la partida utilizada no supera el 5 % de las dotaciones presupuestales asignadas al Rubro 0 del Inciso 5 Programa 5.15.
Atento: a lo expuesto.
El Presidente de la República,
DECRETA:
Apruébase la reestructura presupuestal y racionalización administrativa de la Unidad Ejecutora Direccion General de Estadística y Censos, Programa 5.15 que se encuentran globadas en estos antecedentes.
Los cargos presupuestales de la referida Unidad Ejecutora pasarán a ser los siguientes números de:
N.o de
Cargos Denominación Escalafón Grado
1 Director General ......... AaA E
1 Asesor Censal ............ AaA E
1 Coordinador Técnico ...... Ac E2
1 Asesor Técnico:
Estadístico 3 ............ Ac //Información ilegible
2 Ayudante de Asesor Clase 2 Ac en el original//
2 Asesor Estudiante Facultad Ac " "
2 Ayudante Asesor Clase 3... Ac " "
1 Jefe de 3.a............... Ac " "
5 Ayudante Especializado
Clase 2 ..... ............. Ac " "
4 Director de División ...... Ab 11
4 Subdirector de División ... Ab 10
10 Director de Departamento .. Ab 9
11 Subdirector de Departamento Ab 8
10 Supervisor................. Ab 7
6 Administrativo Clase 1 .... Ab 6
1 Jefe de Servicio .......... Ad EY
1 Intendente ................ Ad Y
N.o de
Cargos Denominación Escalafón Grado
2 Intendente de 1.a.......... Ad 6
3 Subintedente de 1.a ....... Ad 5
2 Conserje .................. Ad 4
2 Contador .................. AaA 5
2 Asesor Letrado ............ AaA 4
4 Tec. Estadística .......... Ac 11
5 As. Tec. Demógrafo ........ Ac 11
4 Encarga de Servicio ....... Ac 11
2 Asesor Técnico Estadístico 2 Ac 10
4 Asesor Técnico Cartógrafo.. Ac 10
4 Asesor Técnico Exp.
Computaciones ............ Ac 10
4 Asesor Técnico Estadístico
3......................... Ac 9
4 Ayudante de Asesor Clase 1 Ac 9
5 Especializado en Tab. Mecán. Ac 8
4 Asesor Técnico Estadístico
4.......................... Ac 8
2 Ayudante de Asesor Clase 2 Ac 8
3 Cartógrafo ................ Ac 7
9 Ayudante Especializado
Clase 1 ................... Ac 7
1 Taquígrafico .............. Ac 7
5 Perío - Verificador Clase 1 Ac 7
5 Perío - Verificador Clase 2 Ac 7
4 Ayudante Especializado
Clase 2 ................... Ac 6
2 Especializado en Impresiones Ac 6
2 Administrativo Esp. Clase 1 .Ab 9
4 Administrativo Esp. Clase 2 .Ab 8
20 Administrativo Esp. Clase 3 .Ab 7
19 Administrativo Clase 1 .... Ab 6
1 Ayudante Clase 1........... Ad 5
3 Ayudante Clase 2........... Ad 4
3 Ayudante Clase 3........... Ad 3
2 Ayudante Clase 4........... Ad 2
La aplicación de lo dispuesto precedentemente no puede significar disminución de las actuales remuneraciones de los funcionarios de la Dirección General de Estadística y Censos.
La reestructura que se aprueba por el presente decreto entrará a regir a partir del 1.o de mayo de 1975. Dentro del mismo mes deberán efectuarse las promociones a que diera lugar la presente reestructura.