Aprobado/a por: Decreto Nº 81/014 de 03/04/2014 artículo 1.
Artículo 1.- Los niños de 0 a 12 años de edad están obligados a viajar en
los asientos traseros de vehículos automotores con el sistema de sujeción
infantil reglamentario y de conformidad con las categorías que se
establecen en el Anexo I del presente decreto.-


(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 81/014 de 
03/04/2014.
Anexo I, artículo 18 se modifica/n por: Decreto Nº 101/018 de 02/04/2018 
artículo 1.
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