Aprobado/a por: Decreto Nº 727/987 de 08/12/1987 artículo 1.
  Artículo 1.- Modifícase el numeral 5 Punto 5.1.3.2.3. literal b numeral
2º del "Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio de
Viviendas de las Fuerzas Armadas" aprobado por decreto del Poder Ejecutivo 463/977 de 16 de agosto de 1977 que quedará redactado de la siguiente manera:

"2º Preparar los Proyectos de normas legales y reglamentarias que se
soliciten, así como los contratos, convenios, actas, escrituras y otros
actos jurídicos en que intervenga el Servicio o las Dependencias del
Ministerio de Defensa Nacional que así lo solicitan en las materias del
Servicio. Tratándose de escrituras públicas y demás actos jurídicos en que
el Servicio sea parte beneficiaria de los mismos también estará a cargo de
los escribanos del Departamento Jurídico su autorización. En los casos de
enajenación o adquisición de bienes y/o derechos, cualquiera fuera su
naturaleza únicamente no se devengarán los honorarios cuando el citado
Servicio sea parte adquirente de los bienes o derechos enajenados".

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 463/977 Derogada/o de 16/08/1977 Numeral 5 
Punto 5.1.3.2.3. literal b.
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