Aprobado/a por: Decreto Nº 493/003 de 28/11/2003.
 Artículo 3.- Modifícase el artículo 44 del Decreto Nº 360/002 de 1º de 
setiembre de 2002, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Las
resoluciones se adoptarán por voto conforme de la mayoría simple o 
relativa de los miembros presentes en la respectiva sesión del
Directorio. Mientras sean cuatro sus miembros efectivos, en caso de 
empate, el voto de su presidente decidirá la votación".

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 360/002 de 11/09/2002 artículo 44.
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