REGLAMENTO DE CALIFICACION DEL PERSONAL SUPERIOR DE LA FUERZA AEREA
Aprobado/a por: Decreto Nº 483/994 de 01/11/1994 artículo 1.
Reglamento derogado por: Decreto Nº 76/999 de 17/03/1999 artículo 4.
Art. 56º.- Las funciones propias del grado, "Con Mando" se probarán en
base a lo asentado en el Formulario 1A del Informe de Calificación Anual.
El tiempo mínimo a cumplir desempeñándose en cargos
"Con Mando" acorde al inciso anterior, será el siguiente:
A - Alférez a Capitán inclusive: 3 años en total.
B - Mayor, Tte. Cnel. y Cnel.: 1 año en cada grado.
Se considera como funciones propias del grado las que se cumplen en el
ejercicio de un cargo o comisión propio de su grado o superior, en
destinos asignados en los órganos previstos en los Decreto-Leyes 14.157 y
14.747.
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