Aprobado/a por: Decreto Nº 404/999 de 21/12/1999 artículo 1.
Artículo 1.- Sustitúyese el numeral 5.1.2 del Reglamento General para el
Reclutamiento del Personal de la Reserva del Ejército, aprobado por el
artículo 1ro. del Decreto 210/999 de 20 de julio de 1999, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
"5.1.2 Los ex-alumnos de los Liceos Militares que hayan cursado dos o más
años en los mismos, ingresarán en la Reserva del Ejército con el grado de
Cabo de Reserva, teniéndoseles por convalidados los cursos exigidos por
el literal C) del artículo 94 del Decreto-Ley 15.688 (Orgánico del
Ejército) de 30 de noviembre de 1984, en virtud de la instrucción militar
recibida durante su permanencia en dichos institutos de enseñanza".-

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 210/999 de 20/07/1999 Capítulo 1 
Numeral 5.1.2 y 5 Numeral 5.1.2.
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