Aprobado/a por: Decreto Nº 40/996 Derogada/o de 06/02/1996 artículo 1.
Reglamento derogado por: Decreto Nº 411/999 de 28/12/1999 artículo 4.
III - CURSO PARA OFICIALES DEL ESCALAFON DE APOYO

A - Condiciones de Ingreso.
1 - Para los Sub Oficiales del Cuerpo de Combate que reúnan las siguientes
condiciones: 6/99

a - Ciudadano natural.
b - Menor de 40 años.
c - 4to. año de Educación Secundaria.
d - Tener aprobado el Curso de Capacitación para Sub-Oficiales.
e - Informe de la Comisión Calificadora de Sub-Oficiales de las Armas y
 Servicios del Ejército.
f - Obtener Beca para el Curso de Oficiales del Escalafón de Apoyo.

2 - Para ex-alumnos de la Escuela Militar que reúnan las siguientes
    condiciones:
a - Menor de 30 años.
b - Tener aprobado el 1er. año del Curso Profesional de la Escuela
    Militar.
c - No haber sido Baja por razones disciplinas.
d - Obtener Beca para el Curso de Oficiales del Escalafón de Apoyo.
3.- Para ex-alumnos del Liceo Militar "General Artigas" que reúnan las
    siguientes condiciones

a - Ciudadano natural
b - Masculino: Mayor de 22 años y menor de 30 años 
c - Femenino: Menor de 30 años 
d - Tener aprobado 6to. año de Educación Secundaria. 
e - Haber cursado como mínimo 2 años en el Liceo Militar "General
    Artigas"  
f - No haber sido Baja por razones disciplinarias de la Escuela
    Militar o Liceo Militar "General Artigas".
g - Realizar el Curso de Capacitación para Sub-Oficiales en la Escuela
    de Armas y Servicios con el grado Sdo. 1ra., debiendo aprobar
    previamente:
    - Examen médico.
    - Pruebas físicas para ingreso al Curso de Sgto. 1ro.
    - Quedan eximidos de las pruebas cultural y profesional
h - Obtener beca para el Curso de Oficial del Escalafón de Apoyo.

B - Los ex-alumnos de la Escuela Militar y Liceo Militar "General Artigas"
    luego de obtener Beca para el Curso ingresarán al mismo con el grado
    de Cabo de 2da.

C - El curso se realizará anualmente en la Escuela de Armas y Servicios
    con duración no menor de 8 meses.

D - Anualmente el Comando General del Ejército establecerá las
    vacantes a proveerse para la realización del Curso de acuerdo con
    lo establecido en el artículo 146 del Decreto-Ley 15.688 de 30 de
    noviembre de 1984 (Orgánico del Ejército).

E - Las asignaturas a ser dictadas atenderán básicamente a la formación de
    los alumnos para actividades logísticas y de administración.

F - Se establece una prueba de ingreso que consta de:
1 - Examen médico.
2 - Prueba de aptitud física.
3 - Prueba profesional (que guarde relación con el Curso de
    Capacitación para Sub-Oficiales).
4 - Prueba cultural (que guarde relación con el nivel de 4to. año de
    Enseñanza Secundaria).

G - La precedencia para el grado de Alférez se establecerá de acuerdo
    con el promedio final del curso, independientemente del grado que
    se ostente al ingreso al mismo.

(*)Notas:
Se modifica/n por: Decreto Nº 168/997 Derogada/o de 27/05/1997 artículo 1.
Letra c, apartado 3, literal a se modifica/n por: Decreto Nº 96/997 Derogada/o de 
01/04/1997 artículo 1.
Literal b, c y d del numeral 3 del literal a se modifica/n por: Decreto Nº 
246/998 Derogada/o de 04/09/1998 artículo 2.
Numeral 2, literal a se modifica/n por: Decreto Nº 246/998 Derogada/o de 04/09/1998 
artículo 1.
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