REGLAMENTO DEL ESCALAFON DE APOYO DEL COMANDO GENERAL DEL EJERCITO
Aprobado/a por: Decreto Nº 40/996 de 06/02/1996 artículo 1.
Reglamento derogado por: Decreto Nº 411/999 de 28/12/1999 artículo 4.
III - CURSO PARA OFICIALES DEL ESCALAFON DE APOYO
A - Condiciones de Ingreso.
1 - Para los Sub Oficiales del Cuerpo de Combate que reúnan las siguientes
condiciones: 6/99
a - Ciudadano natural.
b - Menor de 40 años.
c - 4to. año de Educación Secundaria.
d - Tener aprobado el Curso de Capacitación para Sub-Oficiales.
e - Informe de la Comisión Calificadora de Sub-Oficiales de las Armas y
Servicios del Ejército.
f - Obtener Beca para el Curso de Oficiales del Escalafón de Apoyo.
2 - Para ex-alumnos de la Escuela Militar que reúnan las siguientes
condiciones:
a - Menor de 30 años.
b - Tener aprobado el 1er. año del Curso Profesional de la Escuela
Militar.
c - No haber sido Baja por razones disciplinas.
d - Obtener Beca para el Curso de Oficiales del Escalafón de Apoyo.
3.- Para ex-alumnos del Liceo Militar "General Artigas" que reúnan las
siguientes condiciones
a - Ciudadano natural
b - Masculino: Mayor de 22 años y menor de 30 años
c - Femenino: Menor de 30 años
d - Tener aprobado 6to. año de Educación Secundaria.
e - Haber cursado como mínimo 2 años en el Liceo Militar "General
Artigas"
f - No haber sido Baja por razones disciplinarias de la Escuela
Militar o Liceo Militar "General Artigas".
g - Realizar el Curso de Capacitación para Sub-Oficiales en la Escuela
de Armas y Servicios con el grado Sdo. 1ra., debiendo aprobar
previamente:
- Examen médico.
- Pruebas físicas para ingreso al Curso de Sgto. 1ro.
- Quedan eximidos de las pruebas cultural y profesional
h - Obtener beca para el Curso de Oficial del Escalafón de Apoyo.
B - Los ex-alumnos de la Escuela Militar y Liceo Militar "General Artigas"
luego de obtener Beca para el Curso ingresarán al mismo con el grado
de Cabo de 2da.
C - El curso se realizará anualmente en la Escuela de Armas y Servicios
con duración no menor de 8 meses.
D - Anualmente el Comando General del Ejército establecerá las
vacantes a proveerse para la realización del Curso de acuerdo con
lo establecido en el artículo 146 del Decreto-Ley 15.688 de 30 de
noviembre de 1984 (Orgánico del Ejército).
E - Las asignaturas a ser dictadas atenderán básicamente a la formación de
los alumnos para actividades logísticas y de administración.
F - Se establece una prueba de ingreso que consta de:
1 - Examen médico.
2 - Prueba de aptitud física.
3 - Prueba profesional (que guarde relación con el Curso de
Capacitación para Sub-Oficiales).
4 - Prueba cultural (que guarde relación con el nivel de 4to. año de
Enseñanza Secundaria).
G - La precedencia para el grado de Alférez se establecerá de acuerdo
con el promedio final del curso, independientemente del grado que
se ostente al ingreso al mismo.
(*)Notas:
Se modifica/n por: Decreto Nº 168/997 de 27/05/1997 artículo 1.
Letra c, apartado 3, literal a se modifica/n por: Decreto Nº 96/997 de
01/04/1997 artículo 1.
Literal b, c y d del numeral 3 del literal a se modifica/n por: Decreto Nº
246/998 de 04/09/1998 artículo 2.
Numeral 2, literal a se modifica/n por: Decreto Nº 246/998 de 04/09/1998
artículo 1.
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