Aprobado/a por: Decreto Nº 15/009 de 02/01/2009 artículo 2.
Artículo 2.- Reglamento de funcionamiento del Consejo Tripartito Rural
1º) Sesiones ordinarias: El Consejo Tripartito Rural sesionará en forma
ordinaria el primer miércoles de cada mes. Con un plazo de antelación no
menor a tres días hábiles, previo a cada sesión, se hará llegar el orden
del día y, en caso que correspondiere, la documentación a considerar en
dicha reunión.
2º) Sesiones extraordinarias: Podrá ser convocado por el Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, de oficio o a propuesta de cualquiera de las
partes. La citación a dichas sesiones deberá ser comunicada a los
integrantes del Consejo Tripartito Rural (delegados titulares) y a las
respectivas organizaciones representadas con una antelación de 72 horas (o
tres días hábiles), indicándose el orden del día en la misma forma que se
expresa en el numeral anterior.
3º) Previo: Al comienzo de cada sesión, se dará cuenta de los asuntos
entrados y se destinará hasta treinta minutos, para formular planteos o
cuestiones previas no incluidas en el orden del día que, por su urgencia,
así lo ameriten.
4º) Integración: El Consejo Tripartito Rural se integrará con 9 (nueve)
delegados del Poder Ejecutivo (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca) y 6 (seis) delegados
titulares por cada uno de los sectores (empresarial y sindical). Cada
sector tendrá igual número de alternos.
A las sesiones deberán concurrir los delegados titulares (o los alternos)
y los asesores de las respectivas delegaciones, los que no podrán exceder
de 2 (dos) por cada tema o punto fijado en el orden del día.
5º) Designación de delegados y asesores técnicos: Los delegados y asesores
técnicos serán designados por las organizaciones representativas de
empleadores y trabajadores, si más de una organización se atribuye la
representación de los trabajadores o de los empleadores y no hubiera
acuerdo entre ellas, el Poder Ejecutivo resolverá, en función del criterio
de la "organización más representativa", cual es la organización
legitimada para designar los delegados al Consejo Tripartito Rural.
6º) Quórum para sesionar: Para celebrar la sesión se requiere una
asistencia mínima del 30 (treinta) por ciento de los delegados miembros
del Consejo Tripartito Rural.
7º) Obligaciones de las delegaciones: Tanto los delegados gubernamentales
como los delegados empresariales y sindicales, deben asistir a las
sesiones con posición tomada cuando el tema haya sido previa y
suficientemente tratado. Se tendrá por suficientemente tratado cuando un
tema o cuestión haya sido abordado en más de una sesión, y se resuelva
adoptar decisión al respecto. Sin perjuicio de lo cual, el Consejo podrá
decidir acortar o ampliar los tiempos para tratar un tema o una cuestión,
cuando así lo considere pertinente.
8º) Decisiones: Salvo que mediara consenso las decisiones, que tendrán
carácter resolutivo, serán adoptadas por mayoría simple, sin perjuicio de
lo cual deberá dejarse constancia, en el acta respectiva, la posición de
la minoría y de las abstenciones si las hubieran.
Para adoptar decisiones se requiere, además del quórum mínimo exigido en
el numeral sexto, que estén representados por delegados presentes los tres
sectores; salvo en caso de segunda convocatoria, donde sólo se requerirá
la presencia del 30% de los miembros del Consejo Tripartito Rural.
La fusión o eliminación de Grupos o Subgrupos establecidos para el sector
rural únicamente podrá ser considerada por el Consejo Tripartito Rural, el
que resolverá por consenso. De no llegarse a un consenso el Poder
Ejecutivo adoptará decisión al respecto.
9º) Observadores e invitados especiales: En función de los temas incluidos
en la agenda del Consejo Tripartito Rural, podrán ser invitados a
participar hasta dos observadores por cada parte, designados por las
respectivas delegaciones integrantes del Consejo Tripartito Rural; así
como también, a requerimiento de éstas, podrá invitarse a personas que,
por su versación técnica y/o profesional o relevancia académica, puedan
contribuir al mejor trabajo del Consejo.
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