Aprobado/a por: Decreto Nº 114/998 de 28/04/1998 artículo 1.

Capítulo I
MISION

1.- El Servicio de Material y Armamento tendrá por misión:
1.1.- Llevar a cabo la obtención, recibir, almacenar, distribuir,
mantener, abastecer y administrar los sistemas de armas, vehículos y el
material relacionado del Ejército.-
1.2.- Desarrollar y llevar a cabo proyectos industriales de interés,
realizando la explotación de los productos obtenidos.-
1.3.- Tomar a su cargo el control y registro de las importaciones,
exportaciones, comercialización, fabricación y posesión de las armas de
fuego, químicas u otras que se determinen, así como municiones, 
explosivos y artefactos pirotécnicos, acorde a las Leyes, Decretos y Reglamentaciones vigentes, cualquiera sea su tenedor, en todo el territorio de la República.-
1.4.- Instruir, equipar y operar los Equipos de Desactivación de
Artefactos Terroristas, (EDAT), para su actuación en todo el territorio
nacional, acorde a las disposiciones vigentes.-
1.5.- Capacitar al Personal Superior y Subalterno del Ejército, en las
actividades técnicas y logísticas para la administración, abastecimiento
y mantenimiento de los materiales provistos por el Servicio de Material
y Armamento.-

Capítulo II
FUNCIONES GENERALES

2.- Las funciones generales del Servicio serán:
2.1.- En relación a los sistemas de armas, vehículos y material
relacionado:
2.1.1.- Ejecutar las tareas necesarias para su obtención y recepción
acorde a los planes y directivas emitidas por el mando.-
2.1.2.- Realizar el almacenamiento y mantenimiento del material asignado
a la Reserva de Ejército.-
2.1.3.- Distribuir el material, según le sea ordenado, realizando la
administración del inventario.-
2.1.4.- Ejecutar las tareas de mantenimiento y abastecimiento de todo el
material de acuerdo a la doctrina vigente.-
2.1.5.- Desarrollar y recomendar nuevos sistemas de planificación y de
operación de abastecimientos y mantenimiento para apoyar al Ejército, 
con un criterio permanente de incremento de la efectividad de los 
mismos.-
2.2.- En relación con proyectos industriales:
2.2.1.- Planificar y desarrollar programas industriales de su 
competencia, priorizando los proyectos que apoyen o complementen al sistema logístico, en especial en las áreas de armamento, municiones y explosivos.- 
2.2.2.- Incentivar la investigación y desarrollo tecnológico en las áreas
de interés para el Ejército y particularmente en aquellas que la ley le
asigna de producción exclusiva.-
2.2.3.- Mantener enlace con los Servicios similares que apoyan a otras
Fuerzas, así como industrias, Universidades y otras organizaciones
militares y no militares, nacionales o internacionales, para utilizar sus
posibilidades en asuntos de interés común o para el Ejército.-
2.3.- En relación a instruir y capacitar al Personal Superior y 
Subalterno del Ejército:
2.3.1.- En todas las funciones del apoyo logístico y administrativo, con
prioridad a la ejecución de mantenimiento y operación del material.-
2.3.2.- En las especialidades necesarias para la administración, gestión
y control de inventario de los materiales.-
2.4.- En relación a la desactivación de artefactos terroristas:
2.4.1.- Operar el equipo de desactivación de artefactos terroristas con
jurisdicción nacional de acuerdo a las disposiciones vigentes.-
2.4.2.- Mantener instruido y actualizado al personal afectado a esta
tarea.-
2.4.3.- Realizar las predicciones necesarias para la incorporación del
equipamiento necesario así como mantener el mismo actualizado de acuerdo
a los avances tecnológicos.-
2.5.- En relación al contralor de armas, municiones y en general material
peligroso:
2.5.1.- Planificar, coordinar y ejecutar las tareas impuestas por la
legislación vigente en lo relativo al contralor de armas, municiones,
explosivos, pólvoras, agresivos químicos, biológicos y radiológicos,
material pirotécnico de uso y comercialización civil.-
2.5.2.- Controlar, registrar y expedir Guías de posesión para armas de
fuego.-
2.5.3.- Llevar registros de personas públicas o privadas que importen,
fabriquen, comercialicen, reparen o participen en el comercio de armas 
de fuego, sus partes y componentes y municiones.-
2.5.4.- Llevar a cabo la recepción, control y almacenamiento de armas y
municiones que a cualquier título le fuesen confiadas para su custodia,
así como la ejecución de su destino final.-

Capítulo III
ESTRUCTURA ORGANICA

3.- El Servicio de Material y Armamento depende del Comando de Apoyo
Administrativo y estará integrado de la forma que estructuralmente se
detalla, concordante con las funciones que debe cumplir:
3.1.- ORGANIZACION.-
3.1.1.- Dirección General:
3.1.1.1.- Director General.-
3.1.1.1.1.- Ayudantía del Director General.-
3.1.1.2.- Subdirector General.-
3.1.1.3.- Estado Mayor Especialista:
3.1.1.3.1.- Secretaría de la Dirección General.-
3.1.1.3.2.- Secretaría del Cuerpo de Inspectores.-
3.1.1.3.3.- Informática.-
3.1.1.3.4.- Administración de Inventario.-
3.1.1.3.5.- Planificación.-
3.1.2.- Brigada de Explosivos.-
3.1.3.- Cuerpo de Inspectores.-
3.1.4.- Centro de Instrucción de Material y Armamento.-
3.1.5.- Cuartel General.-
3.1.6.- División Logística.-
3.1.6.1.- Departamento Abastecimiento.-
3.1.6.2.- Departamento Mantenimiento Automotor.-
3.1.6.3.- Departamento Armas y Municiones.-
3.1.6.4.- Departamento de Reserva de Ejército.-
3.1.7.- División Producción.-
3.1.7.1.- Departamento de Talleres.-
3.1.7.2.- Departamento Explosivos.-
3.1.7.3.- Departamento Fabricaciones y Polvorines (Florida).-
3.1.7.4.- Laboratorios Químicos.-
3.1.8.- División Financiero Contable.-
3.1.8.1.- Departamento Contable.-
3.1.8.2.- Departamento Comercial.-
3.1.8.3.- Departamento Legal.-
3.1.9.- División Registro Nacional de Armas.-
3.1.9.1.- Departamento Registro de Armas.-
3.1.9.2.- Departamento Control Civil de Importaciones.-
3.1.9.3.- Departamento de Inspecciones.-
3.2.- FUNCIONES.-
3.2.1.- Dirección General.-
3.2.1.1.- Tendrá como función regular las actividades del Servicio de
Material y Armamento.-
3.2.2.- Director General.-
3.2.2.1.- Funciones y responsabilidades:
3.2.2.1.1.- Dirigir, supervisar y fiscalizar las actividades del Servicio
de Material y Armamento.-
3.2.2.1.2.- Asesorar al Comandante de Apoyo Administrativo en todo asunto
relacionado con las funciones del Servicio como integrante del Estado
Mayor Especialista de dicho Comando.-
3.2.2.1.3.- Supervisar y coordinar directamente los Grupos EDAT durante
los períodos que éstos estén empeñados en operaciones.-
3.2.2.1.4.- Dirigir, coordinar y supervisar el funcionamiento de las
Divisiones del Servicio, contando para ello con el apoyo y asesoramiento
del Subdirector General y del Estado Mayor Especialista.-
3.2.3.- Subdirector General.-
3.2.3.1.- Será el segundo en el mando y dirección del Servicio,
suplantando al Director General en caso de ausencia del mismo.-
3.2.3.2.- Coordinará y dirigirá el funcionamiento administrativo de las
siguientes dependencias de la Dirección General: Brigada de Explosivos,
Centro de Instrucción de Material y Armamento, Cuartel General y Estado
Mayor Especialista.-
3.2.4.- Estado Mayor Especialista.-
3.2.4.1.- Jefe de Secretaría Dirección General.-
3.2.4.1.1.- Cumplirá las tareas específicas de Jefe de Secretaría y de la
Oficina Reguladora de Trámite y Archivo del Servicio.-
3.2.4.1.2.- Será el responsable de la confección y elevación de los
informes anuales de calificación del Personal Superior del Servicio.-
3.2.4.1.3.- Coordinará la actividad del Estado Mayor Especialista del
Servicio.-
3.2.4.1.4.- Supervisará la Ayudantía del Director General, siendo el
Capitán ayudante el auxiliar y sustituto del Secretario General.-
3.2.4.2.- Jefe de Informática.-
3.2.4.2.1.- Asistirá a la Dirección General en todo lo referente a
informes técnicos y tareas de asesoramiento.-
3.2.4.2.2.- Planificará la política de informatización del Servicio.-
3.2.4.2.3.- Administrará la base de datos y operará el equipo central.-
3.2.4.2.4.- Asegurará el mantenimiento de la conexión vía modem.-
3.2.4.2.5.- Controlará la realización del mantenimiento y reparación del
equipamiento informático y controlará el cumplimiento de los contratos de
asistencia técnica por parte de las empresas proveedoras contratadas.-
3.2.4.2.6.- Supervisará las tareas de instalación y configuración de
software y hardware.-
3.2.4.3.- Jefe de Administración de inventario.-
3.2.4.3.1.- Será el responsable del cumplimiento de las funciones de la
administración de inventario, las cuales incluyen:
a.- Catalogar todo ítem, de cualquier Clase, previamente a su alta en el
Ejército, asignando un número de codificación alfanumérico, sea el ítem
producido, adquirido o recibido por el Servicio.-
b.- Registrar todo ítem que sea producido, adquirido o recibido por el
Servicio con destino a su uso por el Ejército.-
c.- Llevar al día la base de datos de material, para permitir la 
ubicación exacta, en todo el Ejército, de cada ítem del inventario.-
d.- Producir informes, en base a la Base de Datos de material, que
permitan el análisis del inventario a los efectos de asesorar con
exactitud al Servicio y al Mando.-
3.2.4.4.- Jefe de Planificación.-
3.2.4.4.1.- Ejecutará las tareas de planificación, coordinación y
supervisión que le asigne la Dirección General del Servicio.-
3.2.4.4.2.- Coordinará el funcionamiento administrativo interno del
Servicio, produciendo y elevando recomendaciones para el mejor
funcionamiento del mismo.-
3.2.4.4.3.- Supervisará el cumplimiento de las misiones del servicio,
analizando la eficiencia de su funcionamiento, elevando recomendaciones
para su optimización.-
3.2.5.- Cuerpo de Inspectores.-
3.2.5.1.- Representan al Director General con el cometido de:
3.2.5.1.1.- Inspeccionar el funcionamiento del Servicio, particularmente
las actividades técnicas que se realizan, así como el cumplimiento de los
reglamentos, planes, directivas, que por vía del mando, a propuesta del
Servicio de Material y Armamento y con la aprobación del Comandante en
Jefe del Ejército se emitan.-
3.2.5.1.2.- Coordinar y ejecutar las tareas inspectivas correspondientes
al Servicio, acorde al Reglamento General de Inspecciones y las órdenes
vigentes.-
3.2.5.1.3.- Llevar el registro y efectuar los trámites correspondientes a
las actuaciones de las Inspecciones.-
3.2.6.- Jefe de la Brigada de explosivos.-
3.2.6.1.- Es el responsable de:
3.2.6.1.1.- La intervención de la Brigada ante amenazas con presencia de
objetos sospechosos de ser artefactos terroristas, en todo el territorio
nacional, acorde al marco legal vigente.-
3.2.6.1.2.- La realización de los peritajes técnicos post explosión y
exámenes de evidencias relacionados con explosivos.-
3.2.6.1.3.- Asesorar y apoyar, dentro del marco de su especialidad, a los
operativos de seguridad de figuras y eventos públicos, acorde a las
órdenes que emita el mando.-
3.2.7.- Director del Centro de Instrucción de Material y Armamento.-
3.2.7.1.- Serán sus funciones y responsabilidades:
3.2.7.1.1.- Capacitar y perfeccionar al Personal Superior y Sub 
Oficiales, para desempeñar las funciones de Oficial de Motores, de Armamento y Especialistas en Desactivación de Artefactos Terroristas de las reparticiones del Ejército.-
3.2.7.1.2.- Capacitar y perfeccionar al Personal Subalterno, para
desempeñarse como mecánicos, o armeros de los diferentes escalones de
mantenimiento del Ejército.-
3.2.7.1.3.- Capacitar y perfeccionar al Personal Superior y Subalterno,
para desempeñarse en funciones técnicas, administrativas y como
instructores de material y armamento.-
3.2.7.1.4.- Tomar a su cargo la operación y mantenimiento de la 
Biblioteca del Servicio.-
3.2.7.1.5.- Coordinar la confección u obtener Reglamentos Técnicos de
mantenimiento y operación de todos los materiales provistos por el
Servicio.-
3.2.8.- Jefe del Cuartel General.-
3.2.8.1.- Apoyará el cumplimiento de las misiones específicas de cada una
de las dependencias, proporcionando, a través de los elementos a su 
mando, la administración de personal, servicios y transporte para el Servicio.-
3.2.8.2.- Dependerá directamente del Subdirector General y será el asesor
inmediato en cuanto a las actividades del Personal Subalterno del
Servicio.-
3.2.9.- Jefe de la División Logística.-
3.2.9.1.- Tendrá como funciones y responsabilidades principales:
3.2.9.1.1.- Coordinar y dirigir las actividades de recepción,
almacenamiento, distribución, abastecimiento y mantenimiento de los
sistemas de armas, vehículos y el material relacionado del Ejército.-
3.2.9.1.2.- Coordinar y dirigir las actividades de almacenamiento,
mantenimiento y administración de la reserva de armamento, vehículos y
municiones del Ejército.-
3.2.9.1.3.- Asesorar a la Dirección General en los temas relacionados con
su área de responsabilidad, dependiendo directamente del Director
General.-
3.2.10.- Jefe de la División Producción.-
3.2.10.1.- Tendrá como funciones y responsabilidades principales dirigir,
coordinar y comandar las actividades relacionadas con:
3.2.10.1.1.- Investigación, producción, almacenamiento y comercialización
de armas, explosivos y municiones.-
3.2.10.1.2.- Investigación y producción de los talleres metalúrgicos,
herrería y carpintería.-
3.2.10.1.3.- En coordinación con la División Financiero Contable y el
Estado Mayor Especialista, el desarrollo de proyectos industriales de
interés para el Ejército.-
3.2.10.1.4.- Asesorar a la Dirección General en cuanto a la toma de
decisiones relacionadas con su área de responsabilidad, dependiendo
directamente del Director General.-
3.2.11.- Jefe de la División Financiero Contable.-
3.2.11.1.- Tendrá como funciones y responsabilidades principales 
dirigir, coordinar y comandar las actividades relacionadas con:
3.2.11.1.1.- Transacciones comerciales que se realicen a nivel nacional o
con el exterior para la adquisición de material para el Ejército.-
3.2.11.1.2.- Ejecución de subastas públicas de material fuera de servicio
u obsoleto.-
3.2.11.1.3.- Administración de los fondos presupuestales dispuestos para
el pago de sueldos, gastos e inversiones.-
3.2.11.1.4.- Asesorar a la Dirección General en los temas relacionados 
con su área de responsabilidad, dependiendo directamente del Director
General.-
3.2.12.- Jefe División Registro Nacional de Armas.-
3.2.12.1.- Tendrá como funciones y responsabilidades principales dirigir,
coordinar y comandar las actividades relacionadas con:
3.2.12.1.1.- El contralor y registro de armas, municiones, explosivos,
pólvoras, agresivos químicos, biológicos y radiológicos, material
pirotécnico de uso y comercialización civil.-
3.2.12.1.2.- La recepción, depósito, entrega y disposición de las armas y
municiones remitidas por la Justicia.-
3.2.12.1.3.- Asesorar a la Dirección General en los temas relacionados 
con su área de responsabilidad, dependiendo directamente del Director
General.-

Capítulo IV
DISPOSICIONES GENERALES

4.- Las categorías, calificaciones y grados especificados en el
Decreto-Ley 14.157 (Orgánico de las Fuerzas Armadas) de 21 de febrero de
1974 en lo relativo a los distintos cargos del Servicio de Material y
Armamento del Ejército, se regirán por lo establecido en el artículo 113
del Decreto-Ley 15.688 de 30 de noviembre de 1984, en la redacción
modificativa dada por las Leyes 15.808 de 7 de abril de 1986, 15.848 de 
22 de diciembre de 1986, 16.134 de 24 de setiembre de 1990, 16.320 de 
1ro. de noviembre de 1992 y 16.736 de 5 de enero de 1996.- Sin perjuicio
de lo establecido en los mismos, la provisión de dichos cargos se regirá
por las siguientes disposiciones:
4.1.- El Personal Superior que se desempeña en los diferentes cargos será
del Cuerpo de Comando y en situación de actividad.-
4.1.1.- El Director General será del grado de Coronel diplomado de Estado
Mayor o Ingeniero Militar o con cursos técnicos compatibles con las
actividades del Servicio de Material y Armamento.-
4.1.2.- El Subdirector General será del grado de Coronel, diplomado de
Estado Mayor o Ingeniero Militar o con cursos técnicos compatibles con 
las actividades del Servicio de Material y Armamento.-
4.1.3.- Del Cuerpo de Inspectores.-
4.1.3.1.- El cargo será desempeñado por Personal Superior del grado de
Coronel.-
4.1.4.- De los Jefes de División.-
4.1.4.1.- El cargo será desempeñado por el Personal Superior del grado de
Coronel o Teniente Coronel.-
4.1.5.- El Secretario será del grado de Teniente Coronel.-
4.1.6.- Del Cuartel General.-
4.1.6.1.- El cargo será desempeñado por Personal Superior del grado de
Teniente Coronel o Mayor.-
4.1.7.- De los Jefes de Departamento.-
4.1.7.1.- El cargo será desempeñado por Personal Superior del grado de
Teniente Coronel o Mayor.-
4.1.8.- De la Brigada de explosivos.-
4.1.8.1.- El cargo será desempeñado por Personal Superior del grado de
Teniente Coronel o Mayor con cursos técnicos en esa área.-
4.1.9.- El Ayudante del Director General será del grado de Capitán o
Mayor.-
4.2.- Manual de Organización y Funcionamiento.-
El Director General del Servicio de Material y Armamento confeccionará y
elevará a través del Comando de Apoyo Administrativo, al señor Comandante
en Jefe del Ejército, el proyecto de Manual de Organización y
Funcionamiento del Servicio para su consideración y aprobación, en el 
cual se desarrollará y profundizará la organización aquí establecida y se
detallarán las normas y procedimientos de funcionamiento que aseguren el
cumplimiento de la misión.-
4.3.- Procedimiento Permanente de Operaciones.- El Director General del
Servicio de Material y Armamento dictará el
Procedimiento Permanente de Operaciones del Servicio de Material y
Armamento, estableciendo la organización interna, la misión y las normas
para el funcionamiento, sobre la base del Reglamento y del Manual de Organización y Funcionamiento".-

Capítulo II
FUNCIONES GENERALES

Artículo 2.- Apruébase el Organigrama del Servicio de Material y 
Armamento adjunto considerándose parte integrante del presente Decreto.-

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 114/998 de 
28/04/1998.
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