Aprobado/a por: Decreto Nº 104/993 de 02/03/1993 artículo 1.
Artículo 1.- Sustitúyese el parágrafo 3.3.21.3 del Reglamento de 
Organización y Funciones de las Divisiones de Ejército aprobado por
Decreto 174/989 de 18 de abril de 1989, el que quedará redactado
de la siguiente manera: "Sin perjuicio de lo precedentemente establecido,
el Asesor Jurídico es el encargado de asesorar al Comando y Estado Mayor
Divisionario sobre asuntos de su especialidad y proporcionar en los
términos que se establezcan asistencia jurídica integral al Personal
Superior y Subalterno".

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 174/989 Derogada/o de 18/04/1989 artículo 3 
parágrafo 3.3.21.3.
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