Fecha de Publicación: 13/04/1999
Página: 24-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 3

 Apruébase como economías efectivas de la Reforma, reconocidas al 30 de
junio de 1998, la suma anual de $ 366.700,oo (pesos uruguayos trescientos
sesenta y seis mil setecientos), de la Financiación 1.1 "Créditos
Presupuesto - Funcionamiento Rentas Generales".
Apruébase asimismo, la reasignación de los créditos presupuestarios hasta
un monto anual de $ 195.283,oo (pesos uruguayos ciento noventa y cinco
mil doscientos ochenta y tres), a valores del 1º de enero de 1998, los
que se incrementarán en los porcentajes que determine el Poder Ejecutivo
para sueldos, en los destinos y montos que se detallan a continuación:
Concepto                Reng. Deriv.        $ Perman.          $ Ejercicio
Premios p/desempeño         067.306         56.451,oo            56.451,oo
Equip. salarial             069.306         97.486,oo            48.743,oo
Sueldo anual complem.       009.301          8.124,oo             4.062,oo
Cargas legales s/serv.
personales
Aporte patronal al sis.
seg. social                 111.000         31.602,oo            21.305,oo
Aporte patronal fdo.
nal. vivienda               123.000          1.620,oo             1.093,oo
Total $                                    195.283,oo           131.654,oo

Los créditos correspondientes al Renglón 069.306 "Equiparación salarial",
se asignarán a los funcionarios que ocupen cargos o funciones contratadas
y desempeñen tareas prioritarias para el cumplimiento de los cometidos
sustantivos o de apoyo a estos en la unidad organizativa respectiva.-
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