Fecha de Publicación: 15/03/2012
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Decreto 68/012

Apruébase el Compromiso de Gestión del Ministerio del Interior, que será
categorizado como "Incentivo".
(436*R)

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                            Montevideo, 7 de Marzo de 2012

VISTO: lo dispuesto por el artículo 208 de la Ley N° 18.719 de 27 de
diciembre de 2010.

RESULTANDO: I) que la mencionada norma crea en el Ministerio del Interior
una compensación por "Compromiso de Gestión", la que será categorizada
como "Incentivo" de acuerdo con lo que dispone el artículo 51 de la Ley
18.172 de 31 de agosto de 2007.

II) que asimismo se requiere la aprobación de la reglamentación que
establecerá las metas, debiendo contar con informe favorable de la Oficina
Nacional de Servicio Civil, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y
del Ministerio de Economía y Finanzas.

III) que por Decreto N° 44/009 de 19 de enero de 2009 con las
modificaciones introducidas por Decreto N° 195/009 de 27 de abril de 2009
se crea la Comisión Reguladora de Compromisos de Gestión con
representantes de los órganos mencionados precedentemente.

IV) que el citado Ministerio propone un proyecto de compromiso de gestión
para el periodo comprendido entre enero y abril de 2012.

CONSIDERANDO: que la Comisión Reguladora de Compromisos de Gestión ha
informado favorablemente.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el articulo
168 numeral 4° de la Constitución de la República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Apruébase el Compromiso de Gestión del Ministerio del Interior que regirá
en el periodo comprendido entre el 1ero de enero y el 30 de abril de 2012,
que luce en el anexo adjunto al presente Decreto y que se considera parte
integrante del mismo.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; EDUARDO BONOMI; FERNANDO LORENZO.

                          COMPROMISO DE GESTION

                         MINISTERIO DEL INTERIOR

                                  ANEXO

1° - Antecedentes

El artículo 208 de la Ley 18.719 del 27 de diciembre de 2010 crea una
compensación por "Compromiso de Gestión" y otorga al personal el derecho a
percibir estas partidas a través del cumplimiento de metas funcionales e
institucionales por lo cual es necesaria la suscripción de un compromiso
de gestión para el ejercicio 2012.

2° - Vigencia del Compromiso

El presente Compromiso de Gestión regirá hasta el 30 de abril de 2012.

3° - Normas especificas a aplicar

*     Ley N° 18.719 del 27 de diciembre de 2010, art. 208
*     Decreto N° 44/009, de 27 de julio de 2009
*     Decreto N° 526/009, de 19 de noviembre de 2009

4° - Compromiso de las partes

El Ministerio del Interior se compromete a cumplir, antes del 31 de marzo,
con las metas que se detallan a continuación:

Meta 1: Presentar ante la Comisión de Seguimiento un informe de evaluación
del cumplimiento de las metas del compromiso de gestión suscripto por el
Ministerio del Interior en el año 2011, así como toda información
adicional que requiera la mencionada Comisión, que será constituida de
acuerdo a lo establecido por el artículo 7° del presente documento.

Meta 2: Presentar un Plan de Capacitación anual para el personal del
Inciso que incluya al menos: delimitación de grupos a quienes está
destinado el curso, porcentaje de funcionarios que va a cubrir, tipos de
curso, fechas de inicio de los mismos, carga horaria, cantidad prevista de
asistentes y organización responsable del dictado. Dicho plan deberá ser
presentado ante la Comisión de Seguimiento.

Meta 3: Presentar ante la Comisión Reguladora de Compromisos de Gestión
una propuesta de Compromiso de Gestión para el resto del año 2012 la cual
deberá incluir por lo menos metas asociadas a:

-     Desarrollo, implementación y uso eficiente de Tecnologías de la
      Información y Comunicación (TIC'S), que refieran al funcionamiento
      de sistemass centralizados e informatizados de control de
      asistencia, cumplimiento de horarios, monitoreo de la carga horaria
      mensual del servicio 222 y control de consumo de combustible entre
      otros.
-     Ejecución, monitoreo y evaluación del Plan de Capacitación anual
      presentado de acuerdo a lo establecido en la Meta 2 del presente
      compromiso.
-     Fecha en que se comprometen a presentar una propuesta preliminar de
      compromiso de gestión 2013 dentro del ejercicio 2012.

5°- Responsables del cumplimiento de las metas

El Ministerio del Interior deberá comunicar tanto a la Comisión de
Seguimiento como a la Comisión Reguladora de los Compromisos de Gestión,
la nómina de los responsables del cumplimiento de cada una de las metas
del presente compromiso, antes del 29 de febrero de 2012.

6°- Forma de pago

Contra la firma del presente compromiso de gestión se habilitará una
compensación económica mensual que se acreditará en el sueldo en el
periodo comprendido entre enero y abril de 2012. La misma es equivalente
al porcentaje incremental para el 2012 establecido en el artículo 208 de
la Ley 18.719 del 27 de diciembre de 2010.

El no cumplimiento de alguna de las metas en tiempo y forma implicará para
los responsables identificados de acuerdo a la clausula 5ta del presente
documento la no percepción de la partida correspondiente al mes de abril
de 2012.

7° - Comisión de Seguimiento y Evaluación

Se constituirá una Comisión de Seguimiento y Evaluación del Compromiso de
Gestión, integrada por dos representantes del Ministerio del Interior, un
representante de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, un
representante de la Oficina Nacional de Servicio Civil y un representante
del Ministerio de Economía y Finanzas.

Se deberán designar titulares y suplentes en cada caso. Ésta Comisión
deberá ser constituida no más allá de 15 días a partir de la aprobación
por parte del Poder Ejecutivo, informando inmediatamente a la Comisión
Reguladora de Compromisos de Gestión.

Tendrá como cometido monitorear el avance en el cumplimiento de las metas
a partir de los informes presentados por los responsables de cada meta.

Las decisiones de la Comisión de Seguimiento y Evaluación serán tomadas
por mayoría simple y podrá sesionar con un mínimo de tres miembros.

La Comisión de Seguimiento deberá, a solicitud de la Comisión Reguladora
de Compromisos de Gestión, presentar a esta última informes de avance
sobre el cumplimiento de metas.

8° - Transparencia

El Ministerio del Interior deberá poner a disposición toda información que
la Comisión de Seguimiento y Evaluación requiera para el análisis,
seguimiento y verificación de los compromisos asumidos a través del
presente Compromiso de Gestión.
EDUARDO BONOMI, Ministro del Interior.


		
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