Fecha de Publicación: 05/05/1992
Página: 307-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 26

   El Arancel de los Servicios Asistenciales establecido por el presente
Decreto será modificado cuando se trate de servicios prestados a
instituciones públicas o privadas mediante Convenios a celebrar con el
Ministerio de Salud Pública y aprobadas por el Poder Ejecutivo. 
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