Decreto 64/016
Modifícase la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común.
(341*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 1° de Marzo de 2016
VISTO: el Decreto N° 426/011 de 8 de diciembre de 2011.
RESULTANDO: I) que el referido Decreto, incorporó al ordenamiento jurídico nacional la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común.
II) que el Grupo Mercado Común, en ejercicio de la facultad delegada por el Consejo Mercado Común, dictó las Resoluciones N° 52/15, N° 53/15, N° 54/15 y N° 55/15.
CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, recoger las modificaciones resultantes de las referidas Resoluciones del Grupo Mercado Común, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en la materia.
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2° de la Ley N° 12.670 de 17 de diciembre de 1959 y 4° del Decreto-Ley N° 14.629 de 5 de enero de 1977,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Modifícase la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común, de conformidad con los Anexos que forman parte del presente Decreto.
Comuníquese, publíquese y archívese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; DANILO ASTORI; JOSÉ LUIS CANCELA; CAROLINA COSSE; TABARÉ AGUERRE.
ANEXO I