Fecha de Publicación: 21/03/2014
Página: 10
Carilla: 10

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 7

 En caso que un tenedor titular, por razones de fuerza mayor, no pueda
continuar haciéndose cargo de un animal, deberá solicitar la exoneración
de su responsabilidad a la CONAHOBA, la que decidirá sobre el destino del
animal, pudiendo:
a. denegar la solicitud en caso que la misma no sea justificada,
b. asignarlo a alguno de los demás tenedores permanentes,
c. darlo en adopción.
El plazo máximo para la toma de la decisión será de 15 días y para la
ejecución de las opciones de los literales c y d, será de 90 días, durante
los cuales el tenedor deberá continuar haciéndose cargo del animal.
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