Agrégase al artículo 14 los siguientes párrafos:
"Salvo que exista declaración en contrario se tomará como lugar donde
se guarda y estaciona el vehículo, el domicilio constituído por el
gestionante en la solicitud.
Toda variación de estas circunstancias deberá comunicarse por escrito
al Ministerio de Economía y Finanzas dentro de los 30 (treinta) días de
producida".